¿Cómo llegar a un acuerdo de pagos?

¿Su deudor no cumple con el plan de pagos acordado? ¡No se preocupe! Hay más opciones.

1. Póngase en contacto por teléfono con el deudor y reclame el pago

Llame a su deudor y pregúntele cortésmente por qué no se ha seguido el plan de pagos. Señálele que llegaron al acuerdo juntos y que espera que sea cumplido. Haga referencia al documento con el calendario de pagos que firmó o el escrito o correo electrónico en el que el deudor confirmó su acuerdo. Recuerde: no acepte un nuevo acuerdo de pago, si el deudor incumplió una vez, seguirá incumpliendo. Además, Ud., ya otorgó suficientes facilidades, intentando llegar a una solución cuando la factura fue impagada, exija el cumplimiento.

2. Envíe también un recordatorio por escrito recordando qué plazo o plazos son incumplidos

Envíe a su deudor un recordatorio por escrito. Señale que acordaron un acuerdo de pago. Incluya los plazos acordados que han sido incumplidos y sea firme. Recuérdeles que, si no se sigue el calendario de pagos estrictamente, se pondrá el recobro de la deuda en manos de una empresa de cobros o un abogado especializado.

3. Contrate una empresa de cobros especializada

¿Ha llamado, enviado recordatorios por escrito y su deudor sigue sin pagar ? Este puede ser el momento perfecto para llamar a una empresa de recobro de deudas o un abogado especializado. Son especialistas en este campo y, frecuentemente, logran, a pesar de estos incumplimientos, que los deudores paguen. Si se pone en contacto con un profesional, es importante que le proporcione toda la información y documentación sobre el caso, incluido su reciente acuerdo de pago.

4. Iniciar medidas judiciales

Dependiendo de la legislación aplicable, también puede ir a juicio para forzar al deudor a que pague. Si es un juez quien ordene a su deudor a que pague, el deudor no podrá ignorar el requerimiento judicial sin que existan consecuencias. Además, dependiendo de la legislación del país donde esté establecido su deudor, se podrán solicitar al juez medidas preventivas para garantizar el pago, como, por ejemplo, el embargo preventivo de bienes.

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